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Podrán recibir estas ayudas Mutualistas alternativos beneficiarios/as que tengan reconocida la prestación de jubilación del Plan de Seguridad Profesional (PSP), Plan de Previsión Profesional de la Abogacía (PPPA), Plan Mutual de Previsión (PMP) o del Plan Universal en su sistema de Previsión Social Profesional, y cumplan los siguientes supuestos:
El plazo para la recepción de solicitudes es: 30 de junio a las 10h. hasta el 25 de septiembre a las 13h.
El plazo para la recepción de solicitudes es: 30 de junio de 2025 a las 10h. hasta el 25 de septiembre de 2025 a las 13h.
Si tienes alguna consulta, escríbenos a ayudas@fundacionmutualidad.org
Puedes solicitar esta ayuda de una de las siguientes maneras: